sábado, 27 de marzo de 2010

Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Principado de Freeland y el Reino de Buenos Aires

TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE

El PRINCIPADO DE FREELAND Y EL REINO DE BUENOS AIRES


Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.

Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.

Tres. Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.

Cuatro. Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones electrónicas.

Se firma el presente Tratado el día 14 de Septiembre de 2009

Por el Principado de Freeland: Carvin Carter, Príncipe de Freeland

Por el Reino de Buenos Aires: S.M. Carolus I, Rey de Buenos Aires

Anulación del presente Tratado

Nueva Buenos Aires, 12 de Marzo de 2010

En vista de la autodisolución del Principado de Freeland, el Reino de Buenos Aires decide anular el presente Tratado, observando los siguientes puntos:

Art. 1 - Considerese caduco el Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Principado de Freeland y el Reino de Buenos Aires.

Art. 2 - En vista del Art. 1, El Reino de Buenos Aires deja de reconocer la soberanía de Freeland sobre territorio alguno.

Art. 3 - Dadas las excelentes relaciones mantenidas con el gobierno de Freeland podrán reanudarse las relaciones con el Principado de Freeland siempre y cuando el territorio que ocupase al momento de la firma del anulado "Tratado de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre el Principado de Freeland y el Reino de Buenos Aires" no se halle bajo soberanía de micronaciones que mantengan relaciones diplomáticas con el Reino de Buenos Aires.

Firmado en 12 de Marzo de 2010
Dra. Brenda Bierhoff, Primera Ministra del Reino de Buenos Aires.
S.M. Carolus I, Rey de Buenos Aires.

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